Corte Suprema · Laboral
Nulidad del despido alcanza a la empresa principal sin límite temporal
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que la sanción de nulidad del despido del artículo 162 del Código del Trabajo es aplicable a la empresa principal sin que el límite temporal del artículo 183-B lo impida, porque el no pago de cotizaciones se origina en el ámbito que ella debe controlar. Declaró inadmisible el recurso de unificación del Fisco.
Materias tratadas
- La responsabilidad solidaria de la empresa principal (Fisco) por la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo no se encuentra limitada al período de prestación de servicios en subcontratación
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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- Resumen extenso
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