Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
La retención sin caución exige acreditar el periculum in mora
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la retención sin caución del artículo 295 del CPC exige fumus boni iuris y periculum in mora, y que la actora no alegó ni probó insuficiencia patrimonial o riesgo de ocultación; ser demandada en un juicio cuantioso no hace presumir insolvencia. Revocó, rechazó la precautoria y ordenó alzar la retención.
Materias tratadas
- Medida precautoria de retención de fondos correspondientes a la devolución de impuestos, por tratarse de bienes determinados ajenos a la materia del juicio
- Requisitos copulativos del artículo 295 del Código de Procedimiento Civil para decretar la retención sin caución: fumus boni iuris y periculum in mora
- Carga de la actora de alegar y acreditar la insuficiencia patrimonial del demandado o el riesgo de ocultación de sus bienes
- Carácter excepcional de las medidas precautorias frente al derecho de propiedad y a la libre iniciativa económica
- Artículos 186, 187, 290, 295, 298, 301 y 302 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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