Corte de Apelaciones de Santiago · Civil

Es nula la notificación por artículo 44 al ejecutado en el extranjero

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la notificación del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil es nula si, al practicarse las búsquedas y la notificación, el ejecutado estaba en el extranjero, y que la nulidad se reclamó oportunamente desde que conoció el vicio. Revocó, acogió el incidente y anuló lo obrado desde la notificación viciada.

Materias tratadas

  • Juicio ejecutivo
  • Incidente de nulidad procesal por notificación defectuosa conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil
  • Ausencia del ejecutado del lugar del juicio al tiempo de las búsquedas y de la notificación
  • Oportunidad para reclamar la nulidad desde el conocimiento del vicio
  • Notificación tácita del incidentista conforme al inciso segundo del artículo 55 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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