Corte Suprema · Penal

La reformalización no puede agregar hechos ni delitos nuevos

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la reformalización del artículo 229 bis del Código Procesal Penal solo puede complementar o precisar la imputación inicial, respetando sus elementos centrales. Al agregar un hecho y un delito nuevos, amenazó su libertad y su derecho a ser juzgado en plazo razonable: revocó, acogió el amparo y dejó sin efecto la reformalización.

Materias tratadas

  • Límites de la reformalización del artículo 229 bis del CPP cuando se incorporan hechos y conductas típicas diversas a la imputación primitiva
  • Afectación al derecho a ser juzgado en plazo razonable y a la libertad ambulatoria

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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