Corte Suprema · Penal

La reformalización no puede agregar delitos diversos a la imputación inicial

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema descartó la extemporaneidad: el agravio nace con la reformalización hecha en audiencia, no con el escrito que la anuncia.

En el fondo, agregar ilícitos diversos excede lo que permite el artículo 229 bis del Código Procesal Penal y amenaza la libertad ambulatoria. Revocó, acogió el amparo y dejó sin efecto la reformalización.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo (art. 21 de la Constitución)
  • Reformalización que agrega ilícitos diversos (art. 229 bis del Código Procesal Penal)
  • Oportunidad para impugnar (extemporaneidad)
  • Receptación de vehículo y conducción con placa patente falsa
  • Libertad ambulatoria

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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