Corte Suprema · Penal
La formalización por un hecho ajeno es una reformalización encubierta
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que formalizar por un hecho ajeno a la formalización inicial es, pese al nombre empleado, una reformalización que debe cumplir el artículo 229 bis del Código Procesal Penal y respetar los elementos centrales de la imputación original, lo que no ocurrió. Revocó, acogió el amparo y dejó sin efecto esa formalización.
Materias tratadas
- Recurso de amparo (art. 21 de la Constitución)
- Reformalización encubierta y exigencias del art. 229 bis del Código Procesal Penal
- Delito tributario (art. 97 N° 5 del Código Tributario)
- Afectación de la libertad ambulatoria y del derecho a ser juzgado en plazo razonable
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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