Corte Suprema · Penal
Observar la entrega de un objeto por dinero habilita control de identidad
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que observar directamente la entrega de un objeto a cambio de dinero es un antecedente objetivo, naturalmente indicativo de una venta de droga, que configura el indicio de delito recién cometido del artículo 85 del Código Procesal Penal y habilita el control de identidad. Rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Control de identidad investigativo y exigencia del indicio (art. 85 del Código Procesal Penal)
- Derecho a un procedimiento racional y justo (art. 373 letra a) CPP y art. 19 N°3 inciso 6° de la Constitución)
- Apreciación directa de una transacción de droga como indicio objetivo de delito recién cometido
- Microtráfico (art. 4 de la Ley N°20.000)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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