Corte Suprema · Penal
La prescripción de condenas previas se calcula según la pena impuesta
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, para descartar condenas anteriores según la Ley N° 18.216, la prescripción se calcula por la pena impuesta en concreto (artículos 97 y 98 del Código Penal), no por el delito. La prisión es pena de falta y prescribe en seis meses, ya transcurridos. Revocó, acogió el amparo y ordenó debatir la pena sustitutiva.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Penas sustitutivas (Ley N° 18.216)
- Prescripción de la pena de falta
- Cómputo según pena impuesta en concreto
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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