Corte de Apelaciones de Concepción · Laboral
La nulidad laboral no sirve para discutir la valoración de la prueba
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que las causales del artículo 478 letras c) y e) del Código del Trabajo son compatibles, pero la primera exige aceptar los hechos establecidos; fundamentar no obliga a comentar cada prueba y la mera discrepancia con la valoración probatoria no configura la causal del artículo 477. Rechazó ambos recursos de nulidad.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad laboral
- Compatibilidad de las causales del artículo 478 letras c) y e)
- Errónea calificación jurídica sobre hechos inalterados
- Tutela laboral por acoso laboral en la Administración del Estado
- Principio de congruencia
- Deber de fundamentación y análisis de la prueba
- Improcedencia de reexaminar los hechos por la vía de la nulidad
- Artículo 478 letras c) y e) del Código del Trabajo
- Artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo
- Artículo 477 del Código del Trabajo
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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