Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil

La notificación de factura no admite incidentes ajenos a su objeto

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que en la gestión preparatoria de notificación de factura solo cabe oponer la falsificación material del artículo 5° letra d) de la Ley N° 19.983, por lo que tramitar un incidente de nulidad ajeno a ello es un vicio de procedimiento. Anuló de oficio lo obrado desde el traslado a ese incidente.

Materias tratadas

  • Gestión preparatoria de notificación judicial de factura regida por la Ley N°19.983
  • Limitación de las causales de oposición del deudor a la falsificación material de la factura, guía de despacho o recibo (artículo 5° letra d) de la Ley N°19.983)
  • Improcedencia de incidentes de nulidad fundados en causales ajenas a las taxativamente previstas por la ley especial
  • Facultad y deber de los tribunales de corregir de oficio los vicios de procedimiento (artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil)
  • Artículos 84 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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