Corte Suprema · Penal
Extradición pasiva: no es un juicio ni exige convicción de condena
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la extradición pasiva no es un juicio sino un procedimiento para verificar sus requisitos, por lo que no rigen las normas del juicio oral y basta que los antecedentes del Estado requirente den fundamentos serios para acusar en Chile. Confirmó la extradición y rechazó el recurso de nulidad.
Materias tratadas
- Extradición pasiva solicitada por la República de Colombia
- Naturaleza de la extradición pasiva como procedimiento destinado a establecer la concurrencia de sus requisitos y no como juicio (artículo 440 del Código Procesal Penal)
- Suficiencia de los antecedentes del Estado requirente para acreditar los supuestos del artículo 449 del Código Procesal Penal y estándar de fundamentos serios para un eventual enjuiciamiento en Chile
- Inaplicabilidad del procedimiento del juicio oral, ni aun supletoriamente, y rechazo de la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal
- Motivación de la sentencia de extradición y rechazo del motivo absoluto de nulidad del artículo 374 letra e) en relación con el artículo 342 del Código Procesal Penal
- Postergación de la entrega por razones humanitarias e interés superior del niño conforme a los artículos 3.1 y 9° de la Convención sobre los Derechos del Niño (prevención)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web