Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
Es irrecurrible el rechazo de la objeción a la liquidación de alimentos
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 12 inciso séptimo de la Ley N° 14.908 hace irrecurrible la resolución que rechaza la objeción a la liquidación de alimentos, norma especial y restrictiva que busca asegurar el pago oportuno de la pensión. Por ello, la apelación fue bien denegada: rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Cumplimiento de pensión alimenticia
- Objeción a la liquidación
- Improcedencia de recurso en contra de la resolución que rechaza la objeción a la liquidación
- Carácter especial y restrictivo del régimen impugnatorio en materia de alimentos
- Finalidad de asegurar el pago oportuno y eficaz de la pensión
- Artículo 12 inciso séptimo de la Ley N° 14.908
- Artículo 203 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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