Corte de Apelaciones de Concepción · Familia
Es inapelable la resolución que niega reiniciar el cobro extraordinario de alimentos
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968 fija taxativamente las resoluciones apelables en familia, y la que rechaza iniciar por segunda vez el procedimiento extraordinario del artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908 no se encuadra en ese catálogo. Declaró inadmisible la apelación por improcedente.
Materias tratadas
- Inadmisibilidad del recurso de apelación en el procedimiento ante los juzgados de familia
- Carácter taxativo de las resoluciones susceptibles de apelación (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
- Procedimiento extraordinario de cobro del artículo 19 quinquies de la Ley N° 14.908
- Improcedencia de la apelación deducida contra la resolución que niega el inicio, por segunda vez, del procedimiento extraordinario
- Aplicación supletoria del artículo 201 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web