Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
Las resoluciones de mera sustanciación son inapelables en familia
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que la resolución que tiene por contestada la demanda y por interpuesta la reconvención es de mera sustanciación y no figura entre las apelables que enumera taxativamente el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968; por especialidad, no rige supletoriamente el artículo 188 del CPC. Rechazó el recurso de hecho.
Materias tratadas
- Recurso de hecho
- Carácter taxativo de las resoluciones apelables en el procedimiento de familia (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
- Inapelabilidad de las resoluciones de mera sustanciación
- Resolución que tiene por evacuada la contestación y por interpuesta la demanda reconvencional de compensación económica
- Improcedencia de la aplicación supletoria del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil por el principio de especialidad
- Carácter extraordinario y restrictivo del recurso de apelación en materia de familia
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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