Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

El pasaporte del hijo corresponde a quien ejerce su cuidado personal

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que el pasaporte de la niña debe mantenerlo la madre, que ejerce su cuidado, y que la variación de las necesidades de la alimentaria y de la capacidad de las partes justifica aumentar los alimentos provisorios. Revocó en esos puntos, ordenando al padre entregar el pasaporte y aumentando la pensión.

Materias tratadas

  • Recursos de apelación acumulados
  • Confirmación por compartir los fundamentos del tribunal a quo
  • Medida cautelar sobre el pasaporte de la niña y su entrega al progenitor que detenta el cuidado personal
  • Aumento de alimentos provisorios por variación de las necesidades de la alimentaria y de la capacidad económica de las partes
  • Facultades del tribunal de alzada (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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