Corte Suprema · Laboral

El no pago de cotizaciones, aun por algunos meses, justifica el autodespido

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el no pago de cotizaciones previsionales, aun por solo algunos meses, es siempre un incumplimiento grave que autoriza el despido indirecto. Constatada la deuda al autodespedirse, procede también la nulidad del despido: acogió la unificación y condenó a las indemnizaciones con recargo y a las remuneraciones hasta la convalidación.

Materias tratadas

  • Procedencia de la acción de despido indirecto (autodespido) y de la sanción de nulidad del despido por el no pago de cotizaciones previsionales durante "algunos meses", considerándose como un incumplimiento grave de las obligaciones del empleador

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Laboral
Texto íntegro (PDF)
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