Corte Suprema · Penal

El máximo de internación del inimputable considera la pena que habría correspondido

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el artículo 481 del Código Procesal Penal permite fijar la duración máxima de la internación según la pena que habría correspondido de ser imputable la requerida, aplicando incluso el artículo 69 del Código Penal, con respeto a los principios de necesidad y proporcionalidad. Rechazó el recurso de nulidad de la defensa.

Materias tratadas

  • Determinación de la duración máxima de medida de seguridad de internación provisional al inimputable: el artículo 481 CPP permite considerar la pena que habría correspondido al imputable y el art. 69 del Código Penal

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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