Corte Suprema · Penal
Condenas cumplidas hace más de diez años no impiden la pena sustitutiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, conforme al artículo 1° de la Ley N° 18.216, las condenas cumplidas hace más de diez años no se consideran para negar una pena sustitutiva. Descartadas esas condenas, concurren los requisitos del artículo 8 letra c) para la reclusión parcial: acogió el amparo y la restableció.
Materias tratadas
- Recurso de amparo
- Penas sustitutivas (Ley N°18.216)
- Reclusión parcial
- Cómputo de condenas previas (art. 1° Ley N°18.216)
- Conducción en estado de ebriedad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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