Corte Suprema · Penal

Condena posterior a pena de falta no interrumpe la prescripción

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, para interrumpir la prescripción de la pena, se atiende a la pena impuesta en concreto por la nueva condena, no a la abstracta. Una condena a un día de prisión corresponde a una falta y carece de esa aptitud. Revocó, acogió el amparo y ordenó una nueva audiencia sobre los demás presupuestos.

Materias tratadas

  • Recurso de amparo
  • Prescripción de la pena
  • Interrupción de la prescripción (art. 99 Código Penal)
  • Pena en concreto versus pena en abstracto

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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