Corte Suprema · Penal
Una nueva condena a prisión no revoca automáticamente la pena sustitutiva
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la revocación por el solo ministerio de la ley (artículo 27 de la Ley N° 18.216) atiende a la pena impuesta en concreto y solo alcanza a crímenes y simples delitos, no a la prisión, que es pena de falta. Revocó, acogió el amparo y dispuso su reingreso a cumplir la pena sustitutiva.
Materias tratadas
- Derecho a mantener la pena sustitutiva e improcedencia de la revocación automática del artículo 27 de la Ley N° 18.216 cuando la pena impuesta en concreto constituye una falta (prisión)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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