Corte Suprema · Penal
Declaración de la víctima no registrada: no hay nulidad sin trascendencia
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema aplicó el principio de trascendencia del artículo 375 del Código Procesal Penal: aunque la víctima no declaró durante la investigación, su testimonio en juicio no era el único antecedente y, aun suprimiéndolo, subsiste el sustrato fáctico de la condena. Rechazó el recurso de nulidad de la defensa.
Materias tratadas
- Falta de registro de declaración de víctima en etapa investigativa no genera nulidad por carecer de trascendencia si su testimonio puede ser suprimido sin alterar el sustrato fáctico de la condena
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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