Corte Suprema · Penal

El falso testimonio descubierto después no torna la condena injustificadamente errónea

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la condena, luego anulada por revisión al acreditarse un falso testimonio, no fue injustificadamente errónea ni arbitraria: la defensa nunca cuestionó la veracidad de la denunciante, sino solo la calificación jurídica, y la distinta ponderación posterior de la prueba obedece a hechos sobrevinientes. Rechazó la solicitud de declaración previa de error judicial.

Materias tratadas

  • Declaración previa de error judicial del artículo 19 N°7 letra i) de la Constitución
  • Estándar de "injustificadamente errónea o arbitraria" cuando la condena posterior se anula por falso testimonio

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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