Corte Suprema · Civil
El cobro de una multa sanitaria prescribe conforme al Código Civil
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la multa sanitaria, como infracción administrativa independiente del ilícito penal, no prescribe en los seis meses de las faltas. Ante el silencio del Código Sanitario rige el plazo de tres años del Código Civil para la acción ejecutiva, que no estaba cumplido. Rechazó la casación en el fondo.
Materias tratadas
- Cobro ejecutivo de multa sanitaria
- Prescripción de la acción de cobro
- Naturaleza de las sanciones administrativas
- Inaplicabilidad del plazo de prescripción penal (faltas) a multas sanitarias
- Aplicación supletoria de las reglas del derecho común (Código Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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