Corte de Apelaciones de Santiago · Familia

El cese de alimentos por edad exige oír antes a la alimentaria

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que no procede decretar de oficio el cese definitivo de la pensión por haber cumplido la alimentaria la edad máxima legal sin oírla previamente. Revocó la resolución y ordenó citar a una audiencia para discutir si se mantiene o no la pensión.

Materias tratadas

  • Cese definitivo de la pensión de alimentos decretado de oficio por haber cumplido el alimentario la edad máxima legal para exigir su pago
  • Improcedencia de resolver el cese sin oír previamente a la alimentaria
  • Derecho a ser oído
  • Retroacción del procedimiento a la citación de una audiencia para discutir la mantención o cese de la pensión
  • Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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