Corte Suprema · Penal

Ebriedad y exceso de velocidad con igual resultado forman concurso aparente

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que conducir en ebriedad y a exceso de velocidad con un mismo resultado lesivo configura concurso aparente: castigar ambos delitos infringe el non bis in ídem y, por consunción, solo procede condenar por manejo en ebriedad causando muerte. Acogió parcialmente la nulidad y dispuso sentencia de reemplazo con pena menor.

Materias tratadas

  • Conducción en estado de ebriedad causando muerte y lesiones
  • Conducción temeraria a exceso de velocidad (art. 197 quinquies Ley 18.290)
  • Concurso aparente de leyes penales y principio non bis in ídem
  • Principio de consunción

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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