Corte Suprema · Penal
Ebriedad y exceso de velocidad con igual resultado forman concurso aparente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que conducir en ebriedad y a exceso de velocidad con un mismo resultado lesivo configura concurso aparente: castigar ambos delitos infringe el non bis in ídem y, por consunción, solo procede condenar por manejo en ebriedad causando muerte. Acogió parcialmente la nulidad y dispuso sentencia de reemplazo con pena menor.
Materias tratadas
- Conducción en estado de ebriedad causando muerte y lesiones
- Conducción temeraria a exceso de velocidad (art. 197 quinquies Ley 18.290)
- Concurso aparente de leyes penales y principio non bis in ídem
- Principio de consunción
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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- Resumen extenso
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