Corte Suprema · Penal
Delitos sexuales cometidos por adolescentes prescriben según la Ley N° 20.084
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, por especialidad, al imputado adolescente se aplica el plazo de prescripción de dos años del artículo 5° de la Ley N° 20.084, y no el artículo 369 quáter del Código Penal, propio del régimen de adultos. Cumplido ese plazo, acogió la nulidad y declaró prescrita la acción penal.
Materias tratadas
- Abuso sexual de menor de catorce años
- Responsabilidad penal adolescente
- Prescripción de la acción penal (art. 5 Ley N° 20.084 vs. art. 369 quáter CP)
- Principio de especialidad
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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