Corte Suprema · Penal

Delitos sexuales cometidos por adolescentes prescriben según la Ley N° 20.084

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, por especialidad, al imputado adolescente se aplica el plazo de prescripción de dos años del artículo 5° de la Ley N° 20.084, y no el artículo 369 quáter del Código Penal, propio del régimen de adultos. Cumplido ese plazo, acogió la nulidad y declaró prescrita la acción penal.

Materias tratadas

  • Abuso sexual de menor de catorce años
  • Responsabilidad penal adolescente
  • Prescripción de la acción penal (art. 5 Ley N° 20.084 vs. art. 369 quáter CP)
  • Principio de especialidad

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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