Corte Suprema · Penal
Antecedentes médicos serios bastan para suspender el procedimiento por enajenación mental
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema estimó que el largo tratamiento psiquiátrico, los reiterados intentos de suicidio y la discapacidad acreditada permitían presumir fundadamente la inimputabilidad por enajenación mental. Revocó, acogió el amparo y ordenó suspender el procedimiento (artículo 458 del Código Procesal Penal) hasta el informe de facultades mentales, con prisión preventiva en un recinto hospitalario.
Materias tratadas
- Imputado enajenado mental
- Suspensión del procedimiento (art. 458 del Código Procesal Penal)
- Inimputabilidad por enajenación mental
- Proporcionalidad de las medidas cautelares
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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