Corte Suprema · Penal

Documento rendido en el juicio no es desconocido para la revisión

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que la revisión no permite una nueva valoración de la prueba, y que un informe ofrecido en el auto de apertura y rendido en el juicio no es un documento desconocido del artículo 473 letra d) del Código Procesal Penal. Rechazó de plano la solicitud.

Materias tratadas

  • Revisión de sentencias firmes en los casos taxativamente señalados en el artículo 473 del Código Procesal Penal
  • Hecho o documento desconocido durante el proceso (artículo 473 letra d) del Código Procesal Penal)
  • Improcedencia de la revisión para obtener una nueva valoración de las pruebas de cargo y de descargo
  • Documento ofrecido en el auto de apertura y rendido en el juicio no es documento desconocido
  • Rechazo de plano conforme al artículo 475 del Código Procesal Penal

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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