Corte Suprema · Penal
Aplicar la ley a hechos distintos no es interpretación divergente
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que las sentencias invocadas sobre la calificación de tráfico o microtráfico no mostraban interpretaciones distintas del punto de derecho, sino su aplicación a hechos diferentes, por lo que no concurría la hipótesis del artículo 376 inciso 3° del Código Procesal Penal. Remitió el recurso a la Corte de Apelaciones.
Materias tratadas
- Recurso de nulidad por la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal
- Distintas interpretaciones sobre la calificación jurídica del delito de tráfico de drogas o microtráfico (alegación de la defensa)
- Hipótesis del artículo 376 inciso 3° del Código Procesal Penal para alterar la competencia de las Cortes de Apelaciones
- Sentencias invocadas que no dan cuenta de distintas interpretaciones del punto de derecho, sino de la aplicación del derecho a situaciones fácticas concretas y distintas
- Remisión del recurso a la Corte de Apelaciones de Antofagasta para su revisión en cuenta y eventual fijación de audiencia
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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