Corte de Apelaciones de Concepción · Civil
Descartada la falta de servicio, no cabe ponderar el daño moral
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que los documentos acompañados en segunda instancia no alteraban lo decidido: la ficha clínica ya había sido analizada en el fallo, y los certificados médicos destinados a acreditar daño moral no correspondía ponderarlos, pues se había descartado la falta de servicio, criterio que compartió. Confirmó la sentencia que rechazó la demanda.
Materias tratadas
- Responsabilidad civil por falta de servicio médico
- Valoración de documentos acompañados en segunda instancia (ficha clínica y certificados médicos) que no alteran lo decidido
- Improcedencia de ponderar el daño moral reclamado por terceros ante el descarte de la falta de servicio
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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