Corte de Apelaciones de Valparaíso · Laboral
Controvertida la relación laboral, la caducidad del despido no corre autónomamente
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, si la demanda pide declarar la existencia de la relación laboral, la acción de despido injustificado queda supeditada a esa acción declarativa, por lo que la caducidad del artículo 168 del Código del Trabajo no se computa en forma autónoma. Revocó la caducidad declarada y ordenó dar curso a los autos.
Materias tratadas
- Caducidad de la acción de despido injustificado (artículo 168 del Código del Trabajo)
- Acumulación de la acción declarativa de existencia de relación laboral con las acciones de despido injustificado y de nulidad del despido
- Improcedencia de aplicar desagregadamente el artículo 168 del Código del Trabajo respecto de un período cuya naturaleza laboral se encuentra controvertida y aún no asentada
- Subordinación de la acción de despido injustificado, en sus aspectos sustantivos y adjetivos, incluido el plazo para su interposición, a la acción de declaración de relación laboral
- Apelación laboral conforme al artículo 470 del Código del Trabajo
- Curso progresivo de los autos
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web