Corte de Apelaciones de San Miguel · Familia

Antecedentes calificados permiten dar curso a la demanda del alimentante deudor

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que debe darse curso a la demanda del alimentante deudor que acompaña antecedentes calificados (artículo 1° inciso 3° de la Ley N° 14.908), como un contrato por el ingreso mínimo y antecedentes médicos, y muestra voluntad de pago al seguir pagando y proponer un pago de la deuda. Revocó la inadmisibilidad y ordenó tramitarla.

Materias tratadas

  • Derecho de alimentos
  • Control de admisibilidad de la demanda
  • Antecedentes calificados acompañados a la demanda que habilitan darle curso (artículo 1° inciso 3° de la Ley N° 14.908)
  • Contrato de trabajo con remuneración equivalente al ingreso mínimo y antecedentes médicos como antecedentes calificados
  • Voluntad de cumplimiento del alimentante manifestada en el mantenimiento del pago y en una propuesta de pago en la causa de cumplimiento
  • Recurso de apelación en el procedimiento de familia (artículo 67 de la Ley N° 19.968)

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de San Miguel
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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