Corte de Apelaciones de Valparaíso · Civil

Agregar con citación la respuesta a un oficio es auto inapelable

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que agregar con citación la respuesta a un oficio decretado durante el término probatorio es un auto que no altera la substanciación regular del juicio, inapelable por los artículos 188 y 181 del Código de Procedimiento Civil, no por el artículo 326. Rechazó el recurso de hecho.

Materias tratadas

  • Recurso de hecho contemplado en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil
  • Inaplicabilidad del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil a la resolución que ordena agregar con citación la respuesta a un oficio
  • Naturaleza jurídica de auto de la resolución impugnada y su inapelabilidad por no alterar la substanciación regular del juicio, conforme a los artículos 188 y 181 del Código de Procedimiento Civil
  • Agregación de prueba con citación durante el término probatorio sin efecto suspensivo del procedimiento, conforme al artículo 431 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaíso
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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