Corte Suprema · Civil

Uso pactado prohibido: el arrendatario queda liberado de pagar la renta

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que el arrendador debe entregar la cosa jurídicamente apta para el fin convenido; si la normativa de uso de suelo prohíbe esa actividad, hay imposibilidad jurídica originaria, y la excepción de contrato no cumplido, con efecto extintivo en el arrendamiento, libera al arrendatario de pagar la renta. Rechazó la casación en el fondo del arrendador.

Materias tratadas

  • Contrato de arrendamiento de predios urbanos
  • Excepción de contrato no cumplido (exceptio non rite adimpleti contractus)
  • Imposibilidad jurídica originaria por restricción de uso de suelo
  • Efecto extintivo de la excepción en contratos de tracto sucesivo
  • Incumplimientos recíprocos

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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