Corte de Apelaciones de Santiago · Civil

Una factura no puede cobrarse por la vía ordinaria

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que la factura, título ejecutivo con procedimiento y plazo especiales, no puede cobrarse por la vía ordinaria sin un contrato que vincule a las partes. Además, el banco demandante carecía de legitimación activa, pues la factura se había cedido antes a otra empresa y estaba pagada. Confirmó lo apelado, con costas.

Materias tratadas

  • Cobro de una factura mediante procedimiento ordinario improcedente, por tratarse de un título ejecutivo sujeto a procedimiento y plazo especiales
  • Falta de legitimación activa del demandante por carencia de objeto de la cesión del título, cedido con anterioridad a otra empresa y correspondiente a un crédito ya pagado
  • Condena en costas por litigar sin motivo plausible y total vencimiento del recurrente
  • Artículo 186 del Código de Procedimiento Civil

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Santiago
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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