Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Tortura de un menor por agentes estatales eleva el daño moral
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que el daño moral por la detención y tortura de un menor de edad por agentes del Estado debe ponderarse según la especial protección de la Convención sobre los Derechos del Niño, y que reajustes e intereses corren desde que la sentencia quede ejecutoriada. Confirmó con declaración, elevando la indemnización a $40.000.000.
Materias tratadas
- Responsabilidad extracontractual del Estado por torturas y apremios ilegítimos cometidos por agentes estatales en contra de un menor de edad
- Criterios de prudencia, equidad y proporcionalidad para la cuantificación del daño moral
- Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (artículos 37 letra a) y 39)
- Reajustes desde que la sentencia quede ejecutoriada e intereses desde la constitución en mora del deudor
- Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil
- Artículos 1557 y 1551 N° 3 del Código Civil
- Artículo 752 del Código de Procedimiento Civil
- Artículo 186 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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