Corte de Apelaciones de Rancagua · Civil
Demandar con acción ejecutiva prescrita justifica la condena en costas
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, si la acción ejecutiva ya estaba prescrita al interponerse la demanda, esta carecía de fundamento plausible, lo que hace procedente la condena en costas de la instancia conforme al artículo 471 del Código de Procedimiento Civil. Confirmó la sentencia en lo apelado.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo
- Prescripción de la acción ejecutiva manifiesta al momento de interponerse la demanda
- Falta de fundamento plausible de la demanda
- Condena en costas de la instancia
- Artículo 471 del Código de Procedimiento Civil
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Rancagua
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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