Corte de Apelaciones de Concepción · Penal
Solo la formalización suspende la prescripción, no su mera solicitud
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que solo la formalización suspende la prescripción de la acción penal (artículo 233 letra a) del Código Procesal Penal), no la querella ni la solicitud de audiencia para formalizar, cuya equiparación sería una analogía prohibida en perjuicio del imputado. Transcurridos más de cinco años antes de formalizar, revocó y sobreseyó definitivamente por prescripción.
Materias tratadas
- Prescripción de la acción penal
- Sobreseimiento definitivo (artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal)
- Suspensión del plazo de prescripción sólo por la formalización de la investigación (artículo 233 letra a) del Código Procesal Penal)
- Insuficiencia de la querella y de la mera solicitud de audiencia de formalización
- Prohibición de interpretación analógica en perjuicio del imputado (artículo 5° inciso final del Código Procesal Penal)
- Plazo de prescripción del simple delito (artículos 94, 95 y 96 del Código Penal)
- Conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves (artículo 196 inciso segundo de la Ley N° 18.290)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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