Corte Suprema · Penal
Solo la formalización suspende la prescripción de la acción penal
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, según el artículo 233 del Código Procesal Penal, solo la formalización suspende la prescripción; no lo hacen la denuncia, la querella ni la petición de formalizar, pues la analogía está vedada. Cumplidos los cinco años, revocó y acogió el amparo, ordenando una audiencia para debatir los demás requisitos de la prescripción.
Materias tratadas
- Recurso de amparo (art. 21 de la Constitución)
- Prescripción de la acción penal
- Contrabando (art. 168 inciso 2 de la Ordenanza de Aduanas)
- Efecto suspensivo de la formalización (art. 233 del Código Procesal Penal)
- Prohibición de interpretación analógica (art. 5 del Código Procesal Penal)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
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