Corte Suprema · Civil
Solo la demanda notificada válidamente interrumpe la prescripción del pagaré
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la prescripción se interrumpe con la notificación válida de la demanda, no con su presentación; notificada más de un año después de interpuesta, la acción cambiaria estaba prescrita. Rechazó la casación en este punto.
Declaró inadmisible el recurso sobre nulidad procesal, por no ser sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo de cobro de pagaré
- Interrupción de la prescripción requiere notificación válida de la demanda
- Cómputo del plazo de prescripción bajo cláusula de aceleración facultativa
- Improcedencia de casación contra resoluciones que acogen incidentes de nulidad procesal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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