Corte Suprema · Civil
No hay abandono si el tribunal suspendió la causa por contingencia sanitaria
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la paralización obedeció a una resolución que suspendió de oficio la tramitación, por lo que no es imputable al demandante. La demandada consintió la suspensión y, por la doctrina de los actos propios, no puede beneficiarse del abandono. Acogió la casación en el fondo y, en reemplazo, confirmó el rechazo del incidente.
Materias tratadas
- Abandono del procedimiento
- Suspensión de la tramitación por contingencia sanitaria (Covid-19)
- Falta de imputabilidad en la paralización
- Doctrina de los actos propios (venire contra proprium factum)
- Audiencia de conciliación pendiente
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web