Corte Suprema · Familia
Sin atacar la sana crítica, los hechos del menoscabo son inamovibles
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema descartó el vicio formal, pues la sentencia sí ponderó la inscripción del inmueble de la cónyuge. En el fondo, al no denunciarse infracción al artículo 32 de la Ley N° 19.968, los hechos que configuran el menoscabo son inamovibles: rechazó la casación en la forma y declaró inadmisible la de fondo.
Materias tratadas
- Compensación económica de $5.000.000 pagadera en cuotas
- Valoración de la prueba sobre adquisición de inmueble por la cónyuge
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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