Corte Suprema · Familia
El cese de la convivencia no impide declarar bien familiar la vivienda
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que el bien familiar del artículo 141 del Código Civil protege la vivienda tras la ruptura y que "principal" no exige un único inmueble: si la cónyuge y las hijas siguen habitándolo, conserva ese carácter, aunque ella conviva con un tercero. Acogió la casación en el fondo y declaró bien familiar el inmueble.
Materias tratadas
- Declaración de bien familiar respecto del inmueble que sirve de residencia principal después del cese de la convivencia conyugal
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Familia
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