Corte de Apelaciones de Concepción · Familia

Rechazo de aclaración, rectificación o enmienda no es apelable en familia

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que, según el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, solo son apelables las sentencias definitivas, las resoluciones que ponen término al procedimiento o impiden su continuación y las que resuelven medidas cautelares. La que rechaza una aclaración, rectificación y enmienda no es ninguna de ellas. Declaró inadmisible la apelación.

Materias tratadas

  • Admisibilidad del recurso de apelación en materia de familia
  • Resoluciones susceptibles de apelación (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
  • Solicitud de aclaración, rectificación y enmienda
  • Improcedencia de la apelación contra la resolución que rechaza la aclaración, rectificación y enmienda
  • Naturaleza jurídica de la resolución impugnada

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Área
Familia
Texto íntegro (PDF)
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