Corte Suprema · Laboral
Procede el desafuero maternal en contratos a plazo fijo de temporada estival
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, aunque el artículo 174 del Código del Trabajo confiere al juez una facultad que exige examinar los antecedentes, tratándose de contratos a plazo fijo de corta duración celebrados para el período estival no hay razones para extender la relación más allá del plazo pactado. Rechazó la unificación de la trabajadora, manteniéndose el desafuero.
Materias tratadas
- Verificada la causal objetiva del vencimiento del plazo en un contrato a plazo fijo de corta duración coincidente con el período estival, la Corte estima que no yerra la judicatura al conceder el desafuero maternal previa ponderación de los antecedentes
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
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