Corte Suprema · Laboral
El despido indirecto y la nulidad del despido rigen para docentes
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema reiteró que el artículo 71 de la Ley N° 19.070 prevé una supletoriedad amplia del Código del Trabajo: como el Estatuto Docente no regula el despido indirecto ni la nulidad del despido (artículos 171 y 162), ambos se aplican a los profesionales de la educación. Rechazó la unificación de jurisprudencia pedida por la empleadora.
Materias tratadas
- Aplicación supletoria del Código del Trabajo (artículos 162 y 171) a profesionales de la educación regidos por la Ley N°19.070: procedencia tanto del despido indirecto como de la sanción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Laboral
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
- Disponible para suscriptores
Lee este fallo completo en Litis Pro
Con una suscripción en la app ves el rol, la fecha, la sala, el resumen extenso y el texto íntegro de la sentencia, entre más de 3.500 fallos de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones.
Descarga gratuita. Las suscripciones se contratan dentro de la app.
¿Ya eres suscriptor? Lee este fallo completo en Litis Pro web