Corte Suprema · Civil
Procede el abandono en la gestión preparatoria de factura
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que la gestión preparatoria de notificación de factura de la Ley N° 19.983 es un juicio declarativo, más aún con oposición de fondo, por lo que admite abandono. La Ley N° 21.226 solo suspendía plazos en curso y no eximía de notificar el auto de prueba. Rechazó la casación en el fondo.
Materias tratadas
- Abandono del procedimiento
- Gestión preparatoria de la vía ejecutiva
- Notificación judicial de factura (Ley N° 19.983)
- Oposición por falsedad ideológica
- Suspensión por emergencia sanitaria (Ley N° 21.226)
- Carga procesal de notificar la interlocutoria de prueba
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
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