Corte Suprema · Penal
Ponderar antecedentes en procedimiento abreviado no es falta o abuso grave
Lo que resolvió la Corte
La Corte Suprema resolvió que, en un procedimiento abreviado, no hay falta o abuso grave corregible por queja cuando los jueces se limitan a analizar y ponderar los antecedentes, más aún si lo reclamado no es propiamente jurisdiccional y el imputado estaba asistido por su abogado. Desestimó de plano la queja.
Materias tratadas
- Recurso de queja
- Finalidad exclusiva de corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional
- Análisis y ponderación de los antecedentes por los recurridos como actividad no constitutiva de falta o abuso grave
- Procedimiento abreviado
- Naturaleza disciplinaria del recurso de queja
- Desestimación de plano conforme al N° 19 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y a la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte Suprema
- Área
- Penal
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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