Corte Suprema · Penal

Ponderar antecedentes en procedimiento abreviado no es falta o abuso grave

Lo que resolvió la Corte

La Corte Suprema resolvió que, en un procedimiento abreviado, no hay falta o abuso grave corregible por queja cuando los jueces se limitan a analizar y ponderar los antecedentes, más aún si lo reclamado no es propiamente jurisdiccional y el imputado estaba asistido por su abogado. Desestimó de plano la queja.

Materias tratadas

  • Recurso de queja
  • Finalidad exclusiva de corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional
  • Análisis y ponderación de los antecedentes por los recurridos como actividad no constitutiva de falta o abuso grave
  • Procedimiento abreviado
  • Naturaleza disciplinaria del recurso de queja
  • Desestimación de plano conforme al N° 19 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y a la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales

Datos del fallo

Tribunal
Corte Suprema
Área
Penal
Texto íntegro (PDF)
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