Corte de Apelaciones de Santiago · Civil
Patente de contribuyente sin contabilidad tiene tope legal; el exceso es nulo
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que quien no está obligado a llevar contabilidad paga patente de una UTM por doce meses (artículo 24 inciso 5° de la Ley de Rentas Municipales) y que el cobro que excede ese tope es nulo. Revocó y acogió parcialmente la excepción de nulidad de la obligación.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo de cobro de patente comercial y derechos municipales
- Excepción de nulidad de la obligación (artículo 464 N°14 del Código de Procedimiento Civil)
- Determinación de la patente municipal de contribuyentes no obligados a llevar contabilidad (artículo 24 inciso 5° del Decreto N°2385 de 1996, texto refundido de la Ley de Rentas Municipales)
- Exención de llevar contabilidad para las rentas del artículo 20 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (artículo 68 de dicha ley)
- Causal de casación en la forma del artículo 768 N°5 en relación con el artículo 170 N°6 del Código de Procedimiento Civil
- Nulidad de derecho público de los actos administrativos que exceden el límite legal (artículo 7° de la Constitución Política de la República)
- Costas en caso de acogimiento parcial de una excepción (artículo 471 del Código de Procedimiento Civil)
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Santiago
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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