Corte de Apelaciones de Concepción · Civil

Pagaré con firma autorizada ante notario tiene mérito ejecutivo

Lo que resolvió la Corte

La Corte resolvió que, conforme al artículo 434 N° 4 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, el pagaré cuya firma está autorizada ante notario tiene mérito ejecutivo sin reconocimiento previo: basta la comprobación notarial de identidad. Revocó, rechazó la excepción de falta de requisitos del título y ordenó seguir la ejecución.

Materias tratadas

  • Juicio ejecutivo
  • Excepción de falta de requisitos del título (artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil)
  • Mérito ejecutivo del pagaré sin necesidad de reconocimiento previo cuando la firma se encuentra autorizada ante notario (artículo 434 N° 4 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil)
  • Alcance de la autorización notarial de firma

Datos del fallo

Tribunal
Corte de Apelaciones de Concepción
Área
Civil
Texto íntegro (PDF)
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