Corte de Apelaciones de Concepción · Civil
Pagaré con firma autorizada ante notario tiene mérito ejecutivo
Lo que resolvió la Corte
La Corte resolvió que, conforme al artículo 434 N° 4 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, el pagaré cuya firma está autorizada ante notario tiene mérito ejecutivo sin reconocimiento previo: basta la comprobación notarial de identidad. Revocó, rechazó la excepción de falta de requisitos del título y ordenó seguir la ejecución.
Materias tratadas
- Juicio ejecutivo
- Excepción de falta de requisitos del título (artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil)
- Mérito ejecutivo del pagaré sin necesidad de reconocimiento previo cuando la firma se encuentra autorizada ante notario (artículo 434 N° 4 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil)
- Alcance de la autorización notarial de firma
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Concepción
- Área
- Civil
- Texto íntegro (PDF)
- Disponible para suscriptores
- Resumen extenso
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